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PREVISION SOCIAL volver
 
JUBILACIÓN Y/O PREJUBILACIÓN
 
PLAN DE PENSIONES
 
SEGUROS EMPLEADOS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

JUBILACIÓN Y/O PREJUBILACIÓN subir

 

¿A qué edad me puedo jubilar?
El derecho a la Jubilación se adquiere al comunicar tu solicitud a la Seguridad Social, en función de la edad exigida y de las cotizaciones acumuladas que por Regla general es a los 65 años con cotizaciones superiores a 38 años y medio pudiendo anticiparla a los 63 años. Según los años años cotizados la edad de jubilación subirá desde los 65 años hasta los 67 según cuadro que puedes consultar en la Guía Laboral de esta página web.
¿Cómo quedaría mi pensión si me jubilo anticipadamente?
Si la Base de Cotización a la Seguridad Social es la máxima, la jubilación antipada a los 63 años supone una pérdida de unos 50 a 99 euros mensuales. El cálculo exacto depende de las cotizaciones realizadas durante tu Vida Laboral y te lo pueden proporcionar en cualquier oficina de la Seguridad Social.
El banco ¿me da algo si me jubilo anticipadamente?
Si provienes del Banco Exterior con más de 35 años de servicio o del BB o BV con más de 40 años tienes derecho a Capital Adicional que debes solicitar a Relaciones Laborales mediante una carta que te proporcionaremos en UGT BBVA
¿Cuáles son las condiciones de prejubilación?
Hasta ahora el Banco está ofreciendo la Prejubilación a empleados mayores de 55 años, si bien no tiene ningún criterio objetivo para ello. UGT lleva años reclamando al Banco un acuerdo colectivo que haga objetivas y transparentes las prejubilaciones.
¿Cómo se calcula la indemnización por prejubilación?
En general supone algo más del 80 % del Sueldo Anual Bruto, en concepto de cantidades indemnizatorias por suspensión del contrato de trabajo el Banco pagará: De los primeros 30.000 € del Nivel Retributivo Anual un porcentaje según la edad del trabajador partiendo del 82% para los mayores de 55 años y alcanzando el 95% para los mayores de 60. Del exceso del salario por encima de los 30.000 € pagará el 80%. Además el Banco pagará el Convenio Especial con la Seguridad Social que supone el mantenimiento de la Base de Cotización a la Seguridad Social hasta la edad de jubilación. En UGT BBVA te podemos realizar el Cálculo exacto, lo puedes solicitar pinchando aquí.
Si me jubilo por incapacidad total ¿cuáles son las condiciones?
La Incapacidad Permanente Absoluta se produce cuando el trabajador es inhabilitado para todos los trabajos. La prestación económica es el 100% de la Base Reguladora. Y al llegar la edad de Jubilación se mantiene.
¿Cómo cotiza el exceso hasta el 100% que me da el banco?
Todos los complementos del Banco son Renta Regular sometida a IRPF.
Vida laboral activos. ¿Qué ocurre cuando llega la carta de vida laboral de la Seguridad Social y no aparece el periodo completo cotizado?

Los motivos por los que este informe de Vida Laboral no refleja correctamente los periodos cotizados pueden ser varios: antes de año 69 la Tesorería de la Seguridad Social no tenía automatizada la información, que hayas cotizado a Clases Pasivas (funcionarios), etc..
Los periodos cotizados a Clases Pasivas no están incluidos en el Informe de Vida Laboral que emite la Seguridad Social, aunque sí se tendrán en cuenta en el momento de la jubilación (Ley de reciprocidad de cuotas).
Para que estos periodos sean incluidos en la vida laboral, en el momento de la jubilación, es necesario solicitar un certificado al Ministerio de Economía y Competitividad que se tramitará a través del departamento de Certificaciones del Banco. Hay que solicitar este certificado como cualquier otro, a través de la Intranet, indicando que se certifique el periodo cotizado a clases pasivas; posteriormente el propio Ministerio enviará el certificado al domicilio del interesado.
Por tanto, el hecho de que en el informe de Vida Laboral no aparezcan los periodos cotizados a Clases Pasivas, no debe motivar ni consultas a la Tesorería General de la Seguridad Social ni peticiones de modificación del citado informe.
Si los periodos que no aparecen en el informe de Vida Laboral corresponden a periodos cotizados al Régimen General de la Seguridad Social (no Clases Pasivas), deberás solicitar un certificado a través de E-spacio.
Te indicamos la ruta para solicitud de certificados:
Intranet > Tú&BBVA > Tú&BBVA >Otros Procesos > Solicitud de Certificados, verificando que has enviado correctamente la solicitud, para lo cual te tiene que aparecer en pantalla una ventana con la indicación "enviado correctamente".
En la petición tienes que selección SI en Anexar documentación.
La documentación a anexar será la copia de la Vida Laboral facilitada por la Tesorería de la Seguridad Social y manifestar el periodo en el que estuviste haciendo el Servicio Militar o la información adicional que creas oportuna.
Enviando por correo electrónico la solicitud recibida del Organismo correspondiente al buzón C014793A@bbva.com, indicando necesariamente los siguientes datos:

Matrícula:
Empleado:
Documentación adjunta:

Tipo Solicitud, es conveniente que selecciones Tesorería Seguridad Social

Jubilación anticipada a los 63/64 años. ¿Quién puede acceder a la jubilación anticipada?

Pueden jubilarse anticipadamente todas las personas que a los 63 años tienen cumplidos los requisitos para poderse jubilar a los 65 años según la Tabla de edades de Jubilación de la página de inicio.
Por ejemplo en 2016 se puede jubilar si tiene 63 años con más de 36 años cotizados. Si tiene menos años cotizados tiene que esperar a cumplir esos 36 años cotizados para jubilarse en 2016 o 36 años y 3 meses para jubilarse en el 2017, y así sucesivamente.

¿De los que cumplan el anterior requisito, a quiénes puede compensar dicha jubilación anticipada?
Todos aquellos que en función de la cuantía de sus cotizaciones medias, a la fecha ordinaria de jubilación (65 años) les va a corresponder la pensión máxima del sistema (para 2016 será de 2.567,28 € mensuales brutos en 14 pagas).
De los que se pueden jubilar a los 63/64 años ¿Quiénes puede acceder al capital adicional por jubilación anticipada?
Aquellos trabajadores del BBVA, que reuniendo las condiciones antes citadas de acceso a la jubilación anticipada, pertenezcan al colectivo I del plan de pensiones y cuenten con 40 o más años de servicio efectivo en Banca, y los que pertenezcan a los colectivos A, C y E-Pre80 y tengan 35 o más años de servicio en BBVA o 40 años de servicio efectivo en Banca.
Y, ¿cómo es la forma de percepción de este capital adicional?
La cuantía que les corresponde se percibirá mediante abono en cuenta íntegramente y de una sola vez, del importe resultante del estudio actuarial que les tienen que realizar, del que se detraerá el IRPF correspondiente a la totalidad de dicho importe, ya que según criterio de la Empresa, no es posible considerar dicho pago, como renta irregular (que es la que se deriva de un periodo de tiempo superior a los 2 años) ya que proviene de un derecho que se deriva de una póliza de seguros suscrita al efecto, no permitiendo tampoco otro sistema de cobro mediante rentas a percibir de forma aplazada, que sería más ventajoso fiscalmente para sus perceptores.
¿Cómo conocer la cuantía que nos pueda corresponder a cada uno?
Solicitándolo mediante escrito dirigido a: BBVA Relaciones con el empleado Gran Vía, 1 Bilbao (Código valija 30096) La Empresa solo se ha comprometido a facilitar dicho cálculo a aquellos trabajadores que lo soliciten a partir del momento en que se cumplan los 62 años y sobre la primera edad de jubilación anticipada posible (63 años y 1 día). Teniendo en cuenta la variabilidad que la determinación de la fecha de jubilación anticipada puede representar para el capital a percibir, es ostensiblemente inferior jubilándose a los 64 años que a los 63.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PLAN DE PENSIONES subir

 

¿ Qué es el Plan de Pensiones de Empleo de BBVA y quienes forman parte de él?
El Plan de Pensiones de Empleo de BBVA es un sistema de Previsión Social complementaria para los trabajadores de BBVA que supone un ahorro colectivo destinado fundamentalmente a complementar su Jubilación. Todos los trabajadores del BBVA, al menos con dos años de antigüedad, tenemos derecho a ser Partícipes del Plan de Pensiones del Sistema de Empleo del BBVA. El capital en los Planes de Pensiones del Sistema de Empleo se realiza mayoritariamente por aportaciones del Promotor (Empresa), aunque el trabajador también puede realizar aportaciones.
¿ Cuál es el importe que tengo en mi Plan de Pensiones de Empleo de BBVA ?
El Plan de Pensiones invierte diariamente en distintos Activos Financieros, parala renta fija estará en trno al 78% y para la renta variable alrededeor del 22%, pudiendo haber hasta un 10% en inversiones alternativas. Cada día nuestro Plan de Pensiones tiene un valor según evolucionen dichas inversiones. El Banco a la mayor parte de los empleados de BBVA les aporta 540 euros anuales, y esa cantidad junto con su revalorización constituyen los fondos que permiten realizar esas inversiones. Trimestralmente la Gestora del Fondo envía nuestra posición personal.
¿ Puedo hacer aportaciones mías al Plan de Pensiones de Empleo de BBVA?
Naturalmente que sí, además debes saber que las comisiones que cobra la Gestora al Plan de Pensiones son considerablemente inferiores que en un Plan individual, y por lo tanto la rentabilidad para tí siempre será mayor.
¿ Quién controla el funcionamiento del Plan de Pensiones de Empleo de BBVA?
Existe una Comisión de Control del Plan que es la máxima responsable de su funcionamiento, en la que estamos representados los trabajadores de BBVA a través de los Sindicatos, están representados también los Beneficiarios y la empresa BBVA como promotora del Plan. La Comisión de Control se reúne periódicamente y toma las decisiones por mayoría.
¿Cuándo se recupera el Plan de Pensiones?
Cuando pases a la condición de Jubilado o Jubilada, o te afecten determinadas contingencias (Incapacidad o Invalidez Permanente y Fallecimiento).
¿Cómo lo debo recuperar?
EN FORMA DE CAPITAL:Consiste en una percepción única por el valor de nuestros Derechos Consolidados. EN FORMA DE RENTA:Esta forma de percepción consiste en el pago progresivo durante un tiempo de nuestros Derechos Consolidados. Hay varias posibilidades: Renta Fija y Renta Vitalicia con o sin Reversión.
¿Cómo es el tema fiscal cuando recupero el Plan de Pensiones?
Todos los ingresos provinientes de la recuperación de un Plan de Pensiones son considerados como Rentas del Trabajo y cotizan por IRPF. Solo hay un tratamiento especial para las aportaciones al Plan de Pensiones anteriores al año 2006. De tal manera que si se recuperan en forma de Capital de una sola vez hasta 2 años después de la Jubilación producida desde el año 2015 tienen una reducción del 40%. Para Jubilaciones anteriores al 2015 tienen hasta 8 años para aplicar esa reducción.
¿ Cuál es la forma más habitual de recuperación del importe acumulado en el Plan de Pensiones?
La forma más habitual y generalmente más beneficiosa de recuperación del Plan es recuperar de una sola vez en un primer momento de una parte del Capital que se beneficia de la reducción fiscal del 40% anteriormente comentada. El resto del importe del Fondo se recupera año a año en forma de Renta anual o mensual. La Gestora del Plan te asesorará en cual es tu forma ideal, y tiene además en la página de BBVA PENSIONES un simulador muy potente con el que puedes jugar con las alternativas de recuperación posibles.
¿Cómo fijo o cambio los beneficiarios de mi Plan de Pensiones?
Hay que fijar mediante un documento que te podemos facilitar desde UGT BBVA, el Nombramiento de Beneficiarios, si no se hace son los Herederos Legales los Beneficiarios por defecto.
¿Cómo puedo dirigirme al Plan de Pensiones de Empleo de BBVA ?
En primer lugar puedes dirigirte directamente a nosotros, los representantes de UGT en la Comisión de Control del Plan de Pensiones de Empleo de BBVA: desde este enlace . Teléfono 669986626. Puedes dirigirte también a la Oficina del Partícipe y Beneficiario
Plan de Pensiones de Empleo BBVA

Tel. +34 91 5379744 – oficinappebbva@bbva.com
Clara del Rey, 26-Pl. Baja, 28002 Madrid

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SEGUROS EMPLEADOS subir

 

Cómo puedo cambiar los beneficiarios en los seguros colectivos de vida del banco.
Para comunicar / modificar los beneficiarios de las pólizas de seguros de vida colectivos del banco tienes que enviar comunicación escrita y firmada, junto con el DNI a:
BBVA SEGUROS, S.A.
Dep. Administración pólizas BBVA
C/ Alcalá nº 17
28014 Madrid La designación de beneficiarios podrá ser nominativa (nombre y apellidos) o genérica (mi cónyuge, mis hijos actuales y futuros, etc.)
Si deseas que la Compañía de seguros expida certificado en el que conste esta nueva designación, tienes que indicarlo expresamente en la comunicación de cambio de beneficiarios antes señalada.
La designación de beneficiarios puede modificarse, por este mismo medio, en cualquier momento.
¿Qué seguros tenemos como empleados del BBVA?
Se establece un Seguro de Vida e Invalidez para el personal del Banco durante su situación de activo con los siguientes importes: SEGURO DE VIDA por 30.000 euros. SEGURO POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL: 15.000 euros. SEGURO POR INCAPACIDAD ABSOLUTA: 15.000 euros. Además los empleados provinientes de los distintos Bancos que se fueron incorparando al BBVA son beneficiarios de otros Seguros que se detallan en la Guía Laboral de nuestra página web.
¿Cuáles son los capitales del Seguro Vida para los empleados con procedencia Bco. Hipotecario (BH)?
Los empleados procedentes de Banco Hipotecario (BH) tienen un seguro de vida, con carácter ad personam, por un capital asegurado en caso de fallecimiento de 39.065,79 euros; en caso de invalidez en cualquiera de sus grados será de 60.100 euros.
Estas coberturas son sustitutivas del importe de 30.000 euros establecido en el Acuerdo de Beneficios Sociales
Se trata de un colectivo cerrado (no se incluyen más asegurados, excepto reincorporaciones: de excedencia, etc.)
Este seguro de vida mantiene su vigencia hasta los 65 años de edad siempre que tu situación sea de activo o te hayas Prejubilado o jubilado antes del 18/10/2007.
El paso a la situación de prejubilación con posterioridad a 18/10/2007 conlleva el cambio a la póliza 43992; donde la cobertura es de 30.000 euros (Acuerdo Beneficios Sociales).
Si ocurrieran las contingencias cubiertas, el Banco se encargaría de la tramitación.
El número de póliza es 13771 y está formalizada con BBVA Seguros.
¿Cuáles son los Seguros de vida e invalidez de los empleados procedentes de Finanzia con motivo de la fusión con BBVA?

A los empleados procedentes de Finanzia con motivo de la fusión con BBVA les serán de aplicación exclusivamente, desde la fecha en que se haga efectiva la integración, los seguros de vida, invalidez y accidentes previstos en el convenio colectivo de Banca y en los acuerdos colectivos vigentes para el personal de BBVA.
De acuerdo con lo expuesto, este colectivo, a partir del 1 de julio de 2.011, tiene las siguientes coberturas:

  • 30.000 euros en caso de fallecimiento, por cualquier causa (Acuerdo de 18/10/2.007)
  • 15.000 euros para caso de invalidez, por cualquier causa (Acuerdo de 18/10/2.007)
  • 6.000 euros en caso de fallecimiento, por cualquier causa; sólo puede ser beneficiario el último cónyuge supérstite (Convenio colectivo de banca)
  • Seguro para caso de fallecimiento en acto de servicio (Convenio colectivo de banca)
  • Seguros de desplazamiento: quedan cancelados los contratados por Finanzia y se asignarán los que correspondan con los criterios de BBVA.

En los seguros de 30.000 y 15.000 euros se incluirán a todos los empleados de Finanzia en activo y para los prejubilados a los que se les hubiera reconocido; el resto de los seguros solamente son de aplicación a los empleados en activo.
Queda cancelado, el 1 de julio de 2.011, el seguro que por importe de 14.000 euros tenían los empleados de Finanzia para caso de fallecimiento e invalidez.

¿Cuáles son los Seguros de vida de los empleados procedentes de Banca Catalana?

Algunos empleados de origen Banca Catalana tienen un seguro de vida, con las siguientes características:

  • Colectivo cerrado.
  • Es un seguro voluntario y particular suscrito con AXA nº póliza 59.000.476
  • El capital a percibir por los beneficiarios es distinto por cada asegurado
  • En algún caso el Banco abona en la nómina de cada mes una cantidad "ad personam" en el concepto "Comp.Seguro Vida", esta cantidad se abona sin revisión y hasta la jubilación.
  • El empleado puede darse de baja en el momento que desee.

Dado que es un Seguro voluntario para cualquier gestión o aclaración que necesite el asegurado, deberá dirigirse a:
AXA AURORA VIDA
Buenos Aires, 12 (7ª planta)
48001 - BILBAO

¿Cúales son los capitales de los seguros para los empleados procedentes de Banco Exterior de España, Banco Directo y Banco de Gestión Financiera?
Se mantiene ad personam para estos empleados en activo el capital de 72.120 € previsto en los supuestos de muerte violenta en acto de servicio y de accidente por razones de trabajo. Todo de acuerdo con el artículo 16 del Pacto de Fursión de Argentaria. El número de póliza donde están asegurados los compromisos del acuerdo es: 02-000.001 y el capital asegurado es de 42.000 € que complementa al seguro de 30.000 €
¿Cúales son los capitales de los seguros para los empleados procedentes de Banco de Crédito Industrial?
  • Seguro de vida e invalidez total 37.515 €
  • Seguro de vida e invalidez total por accidente 56.272 €
¿Tenemos algún seguro por el Convenio Colectivo de Banca?
Todos los empleados en activo de Banca, gracias al Convenio Colectivo de Banca, disfrutamos además de un Seguro de Vida por importe de 10.000 euros del cual es Beneficiario nuestro último cónyuge superviviente (supérstite). Además, los Afiliados a UGT con antigüedad igual o superior a dos años cuentan con Seguro en caso de fallecimiento por accidente de 9.000 euros que en el caso de tener antigüedad superior al año e inferior a dos es de 6.000 euros.

 

Estar afiliado a UGT tiene muchas ventajas, pincha aquí