Actualiza esta página cuando la abras. Si no eliminas el caché o las cookies, no se actualiza automaticamente con algunos navegadores

 

Información laboral para la plantilla del BBVA - Edita: Sección Sindical de UGT - 24 de septiembre de 2016
       
  RED DE OFICINAS - HORARIO DE INVIERNO  
     
  Desde el pasado jueves 1 de octubre y hasta el próximo Marzo del 2017, inclusive, entra en vigor la jornada laboral de invierno, fijada en el acuerdo laboral firmado en 2009.  
     
  Según dicho acuerdo, se estipula para la Red de Oficinas del BBVA así como para las Unidades Centrales de apoyo a la misma, el siguiente horario laboral:  
     
  Jornada continuada de lunes a viernes, de 8 a 15 horas  
  De forma complementaria a dicho horario, los jueves laborables se trabajará también por la tarde, sin apertura al público, durante 2 horas y 45 minutos, a realizar con horario flexible con entrada entre las 15:45 y las 16:15 horas y salida una vez cumplido dicho tiempo (entre las 18:30 y las 19 horas).  
     
  En el horario de mañana todos los trabajadores tenemos derecho a una interrupción de 15 min. diarios de descanso que a todos los efectos se computan como tiempo de trabajo efectivo.  
     
  Las horas que se realicen fuera del horario continuado para la asistencia a reuniones, cursos u otras actividades convocadas por el Banco deberán ser compensadas con las horas a realizar durante las tardes de los jueves.  
     
  Se exceptúan de esta flexibilidad (compensación de horas) las tardes de los primeros y últimos jueves de cada mes, que también como regla general, son de presencia obligada.  
     
  Dichas tardes (las correspondientes al primer y último jueves de mes) también pueden ser compensadas como excepción por aquellos trabajadores que las precisen para conciliar, concretamente para la atención de hijos menores de 12 años, de familiares dependientes o para la realización de estudios reglados, siendo condición inexcusable para ello, la existencia de acuerdo específico entre el trabajador que lo precisa y el responsable de su unidad.  
     
  Si el jueves es festivo la tarde no es recuperable y si es víspera de festivo, se trabajará la tarde del miércoles anterior (salvo nochebuena, nochevieja y semana de fiestas mayores).  
     
  Recordamos que por cada tarde trabajada, todos los trabajadores debemos percibir la compensación por ayuda alimentaria estipulada (9 €). Cantidad que un año más, desde UGT tenemos que seguir reclamando su actualización, ya que se mantiene inalterable desde su implantación en el año 2009.  
     
     
     
  Estamos convencidos de que en BBVA hay suficientes medios y tecnología para la implantación en el corto plazo de un sistema de control de presencia. La disponibilidad sindical a conseguir un acuerdo no puede confundirse con que admitamos una prolongación indefinida de esta situación..  
  OTROS HORARIOS DE INVIERNO VIGENTES EN LA RED
(Oficinas de Servicios Financieros Personales y Gestores BBVA-Contigo)
 
     
  Para los ASESORES FINANCIEROS que prestan sus servicios en oficinas con “Servicios financieros personales”, el horario de invierno comenzó el pasado 16 de septiembre y durara hasta el 14 de junio del 2017, siendo su horario laboral durante este periodo, el siguiente:  
     
  Lunes a jueves horario partido flexible  
  Entrada entre las 8 y las 9 horas, salida para comer entre las 14 y las 15 horas a partir de la cual deberá realizarse una interrupción mínima de 1 hora 15 min. La actividad se reanudara por la tarde entre las 16.15 y las 17:15 horas, finalizando su jornada una vez desarrolladas 7 horas y 30 min. de trabajo. Los viernes la jornada a desarrollar será de 7 horas, quedando a elección del trabajador su desarrollo en jornada partida o continuada.  
     
  La adscripción a este horario por aquellos trabajadores a los que se les oferte, tiene carácter voluntario, pudiendo desistir del mismo y retornar al horario general, mediante un preaviso con un mes de antelación. Por la aceptación de este horario, se perciben determinadas compensaciones económicas.  
     
  Pasados ya más de 9 años, desde la firma del acuerdo sindical en el que se fijó este horario, desde UGT entendemos que ha llegado el momento de su revisión, y así se lo vamos a proponer a la empresa y a resto de sindicatos, para avanzar al menos, en la adaptación de sus periodos de invierno-verano a los estipulados en acuerdos posteriores para el resto de trabajadores de la Red.  
     
  Este horario partido flexible también es ofrecido en algunas ocasiones a otros colectivos, como son los gestores patrimoniales y de pymes, BEC, etc., para los cuales su adscripción al mismo debe realizarse voluntariamente y por escrito.  
     
  En cuanto al horario especial para los GESTORES BBVA-CONTIGO, su horario de invierno abarca todo el año, menos el mes de Agosto (en el que la jornada es continua), siendo el siguiente:  
     
  Lunes a jueves, la entrada por las mañanas es a las 9 horas y la salida a las 14:30 horas, la interrupción para la comida debe durar entre 1 y 2 horas con retorno al trabajo por la tarde entre las 15:30 y las 16:30 horas. La salida se debe realizar una vez alcanzada una jornada de trabajo efectivo de 8 horas salvo los viernes cuyo horario es de 9 a 15 horas, realizando por tanto 7 horas de trabajo efectivo.  
     
  Para este colectivo, que aumenta cada día, desde UGT seguimos reclamando una negociación para la firma de un acuerdo sindical de empresa que regule sus condiciones, tal y como se realizó en su día para los asesores financieros. Acuerdo en el que además del horario se regulen las compensaciones económicas que se deben de aplicar como mínimas para los trabajadores adscritos a este servicio.  
     
  SERVICIOS CENTRALES - HORARIOS VIGENTES  
     
  Con carácter general para el personal de SERVICIOS CENTRALES adscritos a la JORNADA FLEXIBLE Y PARTIDA, el horario de invierno vigente en función del acuerdo de empresa fija que el horario de invierno, del 16 de septiembre al 14 de junio, es el siguiente:  
     
  De lunes a jueves, entrada flexible entre las 8 y 9 horas, descanso mínimo para comer de una hora a utilizar entre las 14 y las 16 horas y salida cumplidas las 7:45 horas de trabajo efectivo. Los viernes, se deben cumplir 7 horas de trabajo efectivo, quedando a elección del trabajador su desarrollo en jornada partida o continuada.  
     
  Han pasado ya más de 15 años desde que por acuerdo sindical de empresa se fijó este horario por lo que desde UGT creemos que sus condiciones ya deben ser renegociadas. Fundamentalmente para su adaptación a estos nuevos tiempos en los que cada vez es más imprescindible la implantación de fórmulas para una mejor conciliación de nuestra vida laboral con la personal: La ampliación de los tiempos de flexibilidad horaria, el adelanto de la hora de entrada, y la reducción del tiempo de comida con el consecuente adelanto de la hora de salida, son unas buenas medidas para ello.  
     
  Ello es posible y que mejor ejemplo para demostrarlo que el horario implantado en la CIUDAD BBVA, horario que estamos pidiendo se extienda a todos los Servicios Centrales y que citamos a continuación.  
     
  HORARIO GENERAL DE CIUDAD BBVA  
     
  El horario oficial es el siguiente:  
     
  De lunes a jueves, entrada flexible entre las 7:30 y las 10 horas, con un descanso mínimo para comer de media hora a utilizar entre las 13 y las 16 horas, y salida una vez cumplido las 7:45 horas de trabajo efectivo. Los viernes, se deben cumplir 7 horas de trabajo efectivo, quedando a elección del trabajador su desarrollo en jornada partida o continuada  
     
  Este horario se aplica en este centro con carácter general, con la excepción de determinadas unidades en las que por circunstancias especiales (trabajo a turnos, mercados y servicios internacionales, etc.) se altera mediante acuerdos específicos.  
     
  OTROS HORARIOS ESPECIALES DE SERVICIOS CENTRALES  
     
  También existen otros horarios especiales diferentes para los trabajadores de las áreas de informática (ahora ENGINEERING), si alguno estáis interesados en ellos os los podemos facilitar.  
     
  TELETRABAJO  
     
  Por acuerdo sindical firmado por UGT y otros sindicatos en su momento, para determinados trabajadores a los que se oferte y voluntariamente lo acepten, se habilita la posibilidad de desarrollar hasta un 90% de su jornada laboral desde su domicilio mediante teletrabajo. Esta es una fórmula que se está extendiendo cada vez más en los Servicios Centrales y en la que entendemos se debe profundizar. Podemos informar a quien nos lo solicite sobre las condiciones en que se realiza el teletrabajo.  
     
     
     
     
     
     
  ÚNETE a UGT – LUCHA por lo TUYO  
     
 

Ciudad BBVA –  Calle Azul 4 - 28028 MADRIDCód. VALIJA 30149     Calle Pi i Margall, 23 –  08025 BARCELONA  – Cód. VALIJA 08131

 
  Teléfonos: 91 356 12 07 y 93 634 98 54 E.mail: ugtbbva @ fesestatal.com  
     
Estar afiliado a UGT tiene muchas ventajas, pincha aquí